Tras el estado de emergencia sanitaria anunciado por el país y las medidas que lo acompañan, se procedió a la aprobación del Decreto-Ley Nº 2.20.292 sobre las disposiciones relativas al estado de emergencia sanitaria y los procedimientos para su declaración, recuerda el Ministerio en un comunicado, señalando que este Decreto-Ley se enmarca en las medidas preventivas urgentes adoptadas por las autoridades públicas, con el fin de limitar la propagación de la pandemia del nuevo coronavirus "Covid19" en nuestro país.
En virtud del artículo 6 de este decreto, todos los plazos previstos en los textos legales y reglamentarios se suspenderán durante el período del estado de emergencia sanitaria anunciado y hasta el anuncio oficial de su fin, precisa el Ministerio.
Los plazos mencionados se reanudarán de nuevo al día siguiente del levantamiento del estado de emergencia, según la misma fuente, llamando a todos los ciudadanos a no acudir a las oficinas del registro civil para la inscripción de todos los nacimientos y las defunciones hasta que se haya levantado el estado de emergencia, a fin de preservar su seguridad y la de los funcionarios de los servicios públicos.