Con el objetivo de preservar la seguridad de los viajeros, de los profesionales y de los empleados, el ministerio puso en marcha un pliego de condiciones relativo a la gestión de los peligros de la propagación de la epidemia del Covid-19 para las empresas de transporte y sus empleados, así como un pliego de condiciones relativo a las estaciones de autocares, indica el ministerio en un comunicado.
Este pliego de condiciones, que se puede descargar desde la página web del ministerio (equipement.gov.ma), incluye una serie de medidas preventivas que deben ser estrictamente respetadas por los transportistas, los responsables de las estaciones, los empleados y los pasajeros, para ofrecer servicios seguros que garanticen la seguridad y la salud de todos y para limitar la propagación del contagio del virus.
El pliego, rubricado y firmado, constituye, para los transportistas turísticos y los actores del transporte público de viajeros en autocares, una autorización excepcional para la reanudación de la actividad en las zonas mencionadas anteriormente, precisa el comunicado. Por lo que debe estar disponible "a bordo del vehículo para el control".
El ministerio exige, a las líneas de transporte que conectan dos puntos en la zona 1, y a las líneas de transporte procedentes de la zona 1 con destino a la zona 2, mantener los horarios iniciales de cada punto de dicho trayecto en la ficha de autorización o en la ficha de trayecto de la línea.
En el caso de que el trayecto de la autorización pase por puntos de tránsito repartidos en la zona 2, el embarcamiento desde estos puntos no será posible, salvo para las personas que dispongan de una autorización profesional (orden de misión), o de una autorización excepcional, expedida por las autoridades locales por razones imperativas de desplazamiento fuera del territorio de la prefectura o la provincia a la que pertenecen estos puntos.
En el caso de las líneas de transporte procedentes de la zona 2, además de la necesidad para los profesionales de mantener los horarios iniciales de cada punto del dicho trayecto en la ficha de autorización o en la ficha de trayecto, los pasajeros deben disponer de una autorización profesional (orden de misión), o de una autorización excepcional, expedida por las autoridades locales por razones imperativas para desplazarse fuera del territorio de la prefectura o la provincia, durante la salida o el embarcamiento de los viajeros desde los puntos comprendidos en esta zona.
El ministerio exige también respetar la capacidad máxima del 50% de los vehículos, disponer obligatoriamente a bordo de los autocares y para cada viaje, de una lista con las informaciones de los pasajeros, especialmente el número del documento nacional de identidad, el nombre y el apellido, y el número de teléfono.
Esta lista debe ser elaborada por triplicado por los taquilleros de las estaciones de autocares (oficina de venta de billetes) durante la venta de los billetes de viaje (el primer ejemplar se presentará al responsable de la estación de autocares, el segundo al conductor del autocar y el tercero se guardará en la taquilla).
En cuanto a los autocares autorizados a transportar los pasajeros durante el trayecto, deben completar esta lista en cada punto de embarque, respetando la capacidad máxima del 50%, subraya el comunicado, agregando que la empresa de transporte debe conservar todas las listas y archivarlas durante un mínimo de un mes desde de la fecha de cada viaje.
En lo que respecta al transporte turístico, el ministerio prevé los mismos requisitos en términos de rúbrica, firma y archivado del pliego de condiciones relativo a las empresas de transporte público de pasajeros por carretera, así como su disponibilidad a bordo del vehículo para el control.
Así, los profesionales deben respetar la capacidad máxima del 50% del vehículo, y añadir el número del documento nacional de identidad y el número de teléfono de los viajeros a las informaciones contenidas en el manifiesto del transporte de turistas y presentarlo en el punto de control, detalla el comunicado.
El ministerio subraya igualmente la importancia de los procedimientos y medidas incluidos en los pliegos de condiciones para limitar la propagación de la epidemia del Covid-19 y sus repercusiones negativas, y llama a las partes concernidas del del sector, particularmente a los profesionales del transporte público de pasajeros en autocares y del transporte turístico, a cumplirlos estrictamente.
Los servicios del ministerio a nivel central y territorial quedan a disposición de los ciudadanos, de los profesionales y de los empleados de este sector vital, para la correcta aplicación del contenido de los pliegos de condiciones, y ponen a su disposición los servicios del centro de llamadas 4646 para responder a sus preguntas o para presentar sus quejas relacionadas con las infracciones observadas.