He aquí la traducción del comunicado:
"Su Majestad el Rey Mohammed VI, que Dios Le asista, acompañado de SAR el Príncipe Heredero Moulay El Hassan, presidió, el lunes 6 de julio de 2020, en el Palacio Real en Rabat, un Consejo de Ministros, durante el cual se examinaron las orientaciones generales del proyecto de ley de finanzas rectificativa para el ejercicio presupuestario de 2020 y se aprobaron varios proyectos de ley, un proyecto de decreto y un conjunto de acuerdos internacionales.
Al comienzo de los trabajos del Consejo, Su Majestad el Rey, que Dios Le asista, preguntó al ministro de Sanidad sobre la evolución de la situación epidemiológica, en particular después de la flexibilización de las medidas de confinamiento sanitario.
El ministro de Sanidad afirmó, a este respecto, que la situación epidemiológica es estable con un grado de vigilancia elevado y que la mayoría de las personas infectadas son asintomáticas. También precisó que, a pesar de la flexibilización del confinamiento sanitario, la tasa de mortalidad se ha mantenido baja y el número de casos críticos reducido, y que el aumento del número de personas infectadas recientemente se explica principalmente por la ampliación del círculo de detección colectiva precoz, la intensificación de las consultas y el seguimiento de las personas contacto. El mismo añadió que una comisión científica nacional sigue la evolución de esta epidemia y establece los tratamientos y protocolos de atención necesarios.
Posteriormente, y conforme al artículo 49 de la Constitución, el ministro de Economía, Finanzas y Reforma de la Administración presentó una exposición sobre las Orientaciones Generales de este proyecto de ley, en la que evocó los contextos, internacional y nacional, caracterizados principalmente por las repercusiones de la pandemia de Covid-19, que impuso el recurso al primer proyecto de ley de finanzas enmendado en el marco de la nueva ley orgánica de finanzas.
En este marco, se presentaron los pilares en los que se basan las orientaciones generales del proyecto de ley de finanzas rectificativa para 2020, que son:
1 - Apoyar la reanudación gradual de la actividad económica;
2 - Preservar el empleo;
3 - Acelerar la aplicación de las reformas de la administración;
Pilar I: Acompañar la reanudación gradual de la actividad económica a través de:
- La aplicación, en el marco de convenciones sectoriales, de medidas que tengan en cuenta las especificidades de cada sector, en relación con la magnitud del impacto sufrido como consecuencia de la crisis y el tiempo necesario para la recuperación de la actividad.
- La asignación de los fondos necesarios para cubrir los riesgos de los préstamos garantizados en beneficio de todos los segmentos de empresas, incluidas las empresas públicas. Se aplicarán condiciones ventajosas a través de un tipo de interés máximo que no supere el 3,5% y un período de reembolso de 7 años, con un período de gracia de dos años y una garantía del Estado de entre el 80% y el 90% y hasta el 95% para las muy pequeñas empresas.
- La promoción de la inversión pública a fin de acelerar la revitalización de la economía nacional.
Pilar II: Preservar el empleo en el sector privado mediante:
- La asignación de los recursos del Fondo Especial de Gestión de la Pandemias de Coronavirus para seguir prestando, hasta el final del año, apoyo social y económico a los sectores que se enfrentarán a dificultades incluso después del levantamiento del confinamiento.
- La activación del apoyo específico de los distintos sectores, en un marco contractual, con los agentes económicos interesados, condicionando el apoyo a la reanudación económica por la preservación de más del 80% de los puestos de empleo declarados a la Caja Nacional de Seguridad Social (CNSS) y la rápida regularización de la situación de los empleados no declarados.
Pilar III: Acelerar la aplicación de las reformas de la administración. En este marco, se procederá a lo siguiente:
- La aplicación de las disposiciones de la ley sobre la simplificación de los procedimientos y las formalidades administrativas, en particular las relativas al respeto de los plazos máximos para responder a las solicitudes de inversión;
- La aceleración de la aplicación de la Carta de los Servicios Públicos;
- La consagración de la transparencia y de la eficiencia en los servicios prestados a los ciudadanos e inversores, mediante el apoyo a la transición digital de la administración y la generalización de los servicios digitales;
- La aceleración de la aplicación de la estrategia nacional de inclusión financiera, en particular fomentando y generalizando el pago por teléfono móvil.
Al final de su presentación, el ministro evocó las hipótesis del proyecto de la ley de finanzas rectificativa para 2020, que prevé una disminución del 5% del PIB y un déficit presupuestario del 7,5%.
Asimismo, se subrayó que todas las orientaciones de este proyecto tienen por objeto básicamente superar rápidamente los efectos de la crisis de la pandemia de Covid-19 a niveles económico y social.
Seguidamente, Su Majestad el Rey, Jefe Supremo y Jefe de Estado Mayor General de las Fuerzas Armadas Reales (FAR), que Dios Le asista, aprobó, durante este Consejo de Ministros, tres proyectos de ley y un proyecto de decreto relativos al ámbito militar.
El primer proyecto concierne a la ciberseguridad y tiene por objeto establecer un marco jurídico para reforzar la seguridad de los sistemas de información de las administraciones del Estado, las colectividades locales, los establecimientos y empresas públicas y cualquier otra entidad jurídica de derecho público, así como los operadores de telecomunicaciones. El proyecto también prevé normas especiales de seguridad aplicables a las infraestructuras de importancia vital.
El segundo proyecto de ley se refiere a los materiales y equipos de defensa y seguridad, armas y municiones. Tiene por objeto regular las actividades de fabricación, comercio, importación, exportación, transporte y tránsito de esos materiales y equipos a través del establecimiento de un sistema de autorización para la práctica de esas actividades y un dispositivo de trazabilidad y de control de los documentos, verificando de manera inmediata los titulares de las autorizaciones en este ámbito.
El tercer proyecto modifica la ley relativa al ejército de reserva de las FAR y tiene por objeto integrar entre los oficiales de reserva a los ejecutivos de los Establecimientos y Empresas que hayan recibido una formación en el seno de los establecimientos dependientes de las Fuerzas Armadas Reales.
El proyecto de decreto trata de la reorganización de la Escuela Real del Aire y tiene por objeto permitir a las empresas nacionales de transporte aéreo beneficiarse de la experiencia de las Fuerzas Armadas Reales en materia de formación aeronáutica, permitiendo a las Escuelas Reales del Aire formar a los pilotos de las compañías nacionales, en un marco contractual entre la Administración de Defensa Nacional y las empresas nacionales de transporte aéreo.
En el marco del fortalecimiento de las relaciones bilaterales de Marruecos y de la consolidación de su posición y presencia continental e internacional, así como del respeto de los compromisos internacionales del Reino, el Consejo de Ministros aprobó 11 acuerdos internacionales, bilaterales y multilaterales, 9 de los cuales están respaldados por leyes.
Los acuerdos bilaterales se refieren en particular a un acuerdo que establece una asociación entre el Reino de Marruecos y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y al adicionado al convenio de asociación para la cooperación cultural y el desarrollo entre el gobierno del Reino de Marruecos y el gobierno de la República Francesa, así como al fortalecimiento de la cooperación con ciertos países hermanos y amigos en los dominios comercial, económico, judicial, técnico, científico y cultural, además del ámbito militar y técnico.
Los acuerdos multilaterales conciernen el tratado relativo a la creación de la Agencia Africana de Medicamentos y el acuerdo multilateral entre las autoridades competentes en lo referente al intercambio automático de informaciones sobre cuentas financieras.
Conforme a las disposiciones del artículo 49 de la Constitución y a propuesta del Jefe de Gobierno y por iniciativa del ministro de Asuntos Exteriores, Cooperación Africana y Marroquíes Residentes en el Extranjero, Su Majestad el Rey, que Dios Le asista, nombró a la secretaria general del Ministerio y a embajadores de Su Majestad.
Se trata de:
Mounia Boucetta: embajadora, secretaria general del Ministerio de Asuntos Exteriores, Cooperación Africana y Marroquíes Residentes en el Extranjero;
África
- Hassan Naciri, embajador de Su Majestad en la República de Senegal;
- Driss Isbayene, embajador de Su Majestad en la República de Malí;
- Zakaria El Goumiri, embajador de Su Majestad en la República Unida de Tanzania;
- Abderrazzak Laassel, embajador de Su Majestad en la República de Kenia;
- Issam Taib, embajador de Su Majestad en la República de Guinea;
Mundo Árabe
- Mohamed Hamzaoui, embajador de Su Majestad en el Estado de los Emiratos Árabes Unidos;
- Ali Benaissa, embajador de Su Majestad en el Estado de Kuwait;
- Mohamed Ait Ouali, embajador de Su Majestad en la República Argelina Democrática y Popular;
- Abderrahim Mouziane, embajador de Su Majestad, jefe de la Oficina de Representación del Reino de Marruecos en Ramallah
Europa
- Karim Medrek, embajador de Su Majestad en el Reino de Suecia
- Mohamed Sbihi, embajador de Su Majestad en la República Helénica (Grecia)
- Hakim Hajoui, embajador de Su Majestad en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
- Nabila Freidji, embajadora de Su Majestad en el Reino de Noruega
América Latina
- Hicham Dehane, embajador de Su Majestad en la República Dominicana
- Hicham Elaloui, embajador de Su Majestad en la República de Cuba
- Bouchra Kadiri Boudchich, embajadora de Su Majestad en la República de Panamá
Asia y Oceanía
- Wissane Zailachi, embajadora de Su Majestad en la Mancomunidad de Australia
- Mohamed Rachid Maaninou, embajador de Su Majestad en la República de Kazajstán
- Abderrahim Rahali, embajador de Su Majestad en el Reino de Tailandia".