Tras tener conocimiento de un comunicado de la denominada "Comisión Nacional de Solidaridad con Maati Monjib" en el que consideró que "la detención fue abusiva y al margen de las disposiciones del procedimiento penal", ya que se hizo "a las 15:00 del martes 29 de diciembre de 2020 - en un restaurante de la ciudad de Rabat mientras comía - por elementos de la seguridad vestidos de civil en dos coches de la policía", indica un comunicado del procurador del Rey.
Lamentando estos juicios, que no se basan ni en la ley ni en la razón ni en la lógica, la Fiscalía General se pregunta por la naturaleza de los elementos que permitieron calificar la interpelación de "detención abusiva y al margen de las disposiciones del procedimiento penal" ¿El carácter abusivo y al margen de la ley y de los procedimientos se refiere al hecho de que la detención tuvo lugar a las 15.00 horas? ¿Que haya ocurrido un cierto martes? ¿Que se haya producido en un restaurante? ¿Que el restaurante se encuentre en Rabat? ¿Que la persona interpelada estaba comiendo? ¿Que la interpelación haya sido realizada por varios elementos de la seguridad? ¿Que estos elementos hayan estado vestidos de civil? ¿o que hayan llegado en dos coches de la policía?
Por otra parte, los autores del comunicado asumieron el papel de un tribunal que evalúa la validez de los procedimientos judiciales pero sobre la base de su propia ley, subraya la misma fuente.
En efecto, el comunicado de la supuesta comisión consideró que la detención legal es la que se produce en el lugar de residencia y únicamente en estado de flagrante delito, y que el resultado de la investigación preliminar "no permite en ningún caso a la Fiscalía General detener a un individuo con el fin de presentarle por la fuerza ante el juez de instrucción", y que la Fiscalía General sólo tiene derecho a presentar una solicitud de apertura de una investigación sin posibilidad de llevar al acusado ante el juez de instrucción, señala el procurador del Rey.
Absteniéndose de discutir estas observaciones que no tienen nada que ver con la aplicación correcta de la ley, dejando a la opinión pública jurídica la tarea de juzgar si es justa, y afirmando que sólo la justicia está facultada para pronunciarse sobre su legalidad, la Fiscalía General lamenta la instrumentalización de estos métodos para perjudicar a las instituciones nacionales que se esfuerzan siempre en conformarse con las disposiciones de la ley.
La Fiscalía insiste en afirmar que las oficinas de los jueces de instrucción y las salas de audiencia son el lugar idóneo para examinar estos datos.
El Ministerio Público subraya que sus comunicados están redactados por respeto a la opinión pública nacional y con el fin de garantizar el derecho de los ciudadanos a la información cuando se trata de asuntos que suscitan su interés o que se mencionan en diferentes plataformas, así como para poner fin a ciertos rumores e informaciones falsas o engañosas.
Estos comunicados, subraya la misma fuente, no sirven de actas ni de investigaciones que constituyen la base de los juicios.
Por lo tanto, el procurador del Rey llama a abstenerse de explotar dichos comunicados en discusiones a las que no fueron destinados, ya que no determinan una situación jurídica particular, pero sólo proporcionan informaciones a los diferentes componentes de la opinión pública, en un lenguaje simplificado que no obedece a la terminología jurídica empleada en las actas y las decisiones judiciales.