Aprobado en presencia del ministro de Economía, Finanzas y Reforma de la Administración, Mohamed Benchaaboun, este proyecto de ley se inscribe en el marco de la aplicación de las disposiciones de la Constitución, especialmente el artículo 167.
Se trata de reforzar la posición del INPPLC como institución nacional de gobernanza, que desempeña sus misiones en un marco de cooperación, complementariedad y coordinación institucional y funcional con las autoridades, instituciones y otras instancias implicadas en el sistema nacional de lucha contra la corrupción.
El texto se enmarca también en la calificación de la instancia para cumplir sus misiones en términos de difusión de los principios de probidad, transparencia y lucha contra la corrupción.
Los objetivos de este proyecto consisten igualmente en ampliar el concepto de corrupción reformulando las disposiciones relativas a la definición del concepto de corrupción y distinguiendo dos tipos de actos de corrupción que definen el campo de intervención de la instancia.
Se trata de hechos que constituyen crímenes por su naturaleza, con claros elementos constitutivos, que son remitidos por la instancia al Ministerio Público competente.